A partir de Acredita 2023-3a Edición, la notificación a las personas solicitantes de su admisión o inadmisión provisional o definitiva al procedimiento, no se realizará mediante la publicación de listados, cuya generación quedará inhabilitada, sino mediante el envío de notificaciones electrónicas a cada solicitante.
Las notificaciones se realizarán tras la verificación del expediente, que deben ser verificados y notificados a medida que se vayan recibiendo las solicitudes y sean cargadas en la aplicación Acredita Colocación. Una vez sea recogida la notificación en la sede electrónica por la persona solicitante, para lo que dispondrá del plazo de 10 días naturales, se iniciará el plazo de 10 días hábiles establecidos en el artículo 19.3 de la Orden de 8 de junio de 2021, para que la persona solicitante pueda realizar sus alegaciones y aportar los documentos que puedan ser requeridos. La secretaría virtual tendrá el trámite permanentemente abierto para ello hasta el final de la fase de admisión, es decir, no se cerrará a los 10 días como sucedía antes, dado que cada solicitante tendrá un plazo de admisión distinto. Transcurrido el plazo de alegaciones, estas se resolverán en la aplicación Acredita Colocación y se procederá a notificar electrónicamente la admisión o inadmisión definitiva.
Por tanto, con carácter general, se realizarán dos notificaciones, una tras la verificación inicial para la admisión o inadmisión provisional y otra tras la revisión de las alegaciones, si las hubiese, para la admisión o inadmisión definitiva. En caso de desistimiento o renuncia se practicará una única notificación que se realizará con el “Estado Solicitud” en Definitivo.